D) RÍO Y ESTOCOLMO: UNA PEQUEÑA COMPARACIÓN.
Sin pretender ser exhaustivos las principales diferencias entre ambas Cumbres se
ejemplifican de la lectura de algunos de los más relevantes resultados de estas, los cuales ha
su vez tienen implicaciones de política para los desarrollos en ALC:
1. La Cumbre de Estocolmo, se centró en aspectos relacionados con la protección del
ambiente, más que con aquellos relativos al desarrollo, por ello el concepto de
desarrollo sostenible y el énfasis en el desarrollo de la Cumbre de la Tierra son
algunos acontecimientos que deben resaltarse. Por ejemplo, algunos de los
principios de ambas Declaraciones, como el referente a la soberanía, son
formulados de manera idéntica, excepto por la adición de la frase del “ desarrollo”.
La mención expresa del tema e la pobreza, etc. también constituye un hecho de
resaltar
2. La Declaración de Río abarca aspectos mucho más generales y a la vez se esfuerza
en tratar tópicos vinculados con los principios ambientales, como “quien
contamina”, el principio de integración de la variable ambiental en el desarrollo, el
uso de instrumentos económicos, el principio de precaución, quien usa paga, las
responsabilidades comunes pero diferenciadas, el derecho a la información y a
participar, las evaluaciones de impacto ambiental, la legislación para proteger el
medio, etc;
3. La vinculación entre el sistema de comercio y el desarrollo sostenible se hace
patente en Río, a la vez que se reitera la inconveniencia de utilizar medidas
comerciales unilaterales para hacer frente problemas ambientales
4. Otros temas resultan repetidos producto de la continuidad de las discusiones en la
materia, y de la ausencia de avances importantes, tales como la responsabilidad por
daño ambiental, la cooperación entre los Estados, la necesidad de procurar
transferencia de tecnología, los desechos y actividades peligrosas, etc
5. Se agregan otros tópicos importantes como el derecho a la información y la
participación, el papel de ciertos sectores como las mujeres, los jóvenes y las
poblaciones indígenas, etc.
6. En términos generales podemos afirmar que Río responde al concepto de desarrollo
sostenible, a la necesidad de integrar el derecho al desarrollo y la protección del
ambiente, a las relaciones entre el sistema de comercio y la protección ambiental, al
reconocimiento del papel de nuevos grupos emergentes, a la determinación de
principios generales e instrumentos jurídicos; al uso de instrumentos de naturaleza
económica, etc.
7. Los Tratados internacionales negociados tuvieron a la vez dos relevantes impactos:
poner sobre la agenda de discusión y otorgarle un tinte político a la conservación de
la biodiversidad y a la necesidad de distribuir los beneficios derivados de su
utilización; y considerar la necesidad de analizar instituciones económicas y
mecanismos de flexibilidad en el caso del Convenio Marco de Cambio Climático,
mediante las previsiones de la llamada implementación conjunta.
8. Los instrumentos no vinculantes sirvieron de llamada de atención para a discusión y
debate internacional de un tema de gran relevancia: la conservación de los bosques
y mostraron lo polarizado del debate internacional en torno al tema, pero sirvieron
para otorgar mayor relevancia a uno de los aspectos más significativos: la
conservación del bosque el problema de la deforestación y la pérdida de hábitat. Lo
mismo puede afirmarse de la Agenda 21.
En definitiva, de Río tenemos un conjunto de importantes consecuencias de orden político,
institucional, jurídico y ambiental, tales como:
•Las derivadas de los Tratados Internacionales vinculantes a las cuales haremos
referencia con posterioridad
•El proceso político, técnico y científico que precedió a la imposibilidad de llegar a
un acuerdo jurídicamente vinculante sobre el tema de los bosques y de la
ordenación forestal sostenible
•La recepción en normas nacionales y su eventual aplicación de importantes
principios de Río, tales como “ quien contamina paga” , el “ principio de
precaución”; las evaluaciones de impacto ambiental, el uso de instrumentos
económicos, etc.
•La incorporación de la variable ambiental en los procesos de desarrollo y la
vinculación de los procesos de integración con consideraciones de orden ambiental
•El fortalecimiento de toda una institucionalidad y de marcos jurídicos para la
protección del medio. La formulación e implementación de planes y lineamientos de
política de orden ambiental aumentaron en forma significativa
•La participación de la sociedad civil en la definición de políticas y la gestión
ambiental es hoy por hoy un espacio ganado
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